Ciudadanía y Violencia de Género sobre la Mujer Trabajadora: Reflexiones a la Luz del Ordenamiento Jurídico Español y Brasileño
Resumo
Ha pasado casi una década desde la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijing en 1995, donde se reconoció la violencia contra la mujer como un ataque a los derechos humanos de las féminas. Bajo tal perspectiva y siguiendo las recomendaciones de las instancias comunitarias y organismos internacionales, Estados, como España y Brasil, han incorporado en sus respectivos ordenamientos previsiones específicas – Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LPIVG), en España; y Ley 11.340/2006 (Lei Maria da Penha), en Brasil --. Estas dos disposiciones tienen, entre sus objetivos fundamentales, atacar con firmeza tan deleznables comportamientos de violencia contra la mujer, articulando un conjunto de medidas tendentes a garantizar de forma global, plena y coherente la protección de las mujeres maltratadas, convirtiéndolas en titulares de un amplio abanico de derechos atinentes a la prevención, educación, asistencia social o represión penal y, por lo que aqui interesa, de una serie de prerrogativas laborales y de Seguridad Social, conformando, a la postre, una estrategia dotada de una doble finalidad: de un lado, facilitar el acceso al empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y, de otro, conseguir el mantenimiento de sus puestos de trabajo. El estudio comparado de ambos ordenamientos puede servir para introducir mejoras técnicas que redunden en beneficio del colectivo protegido.
Palavras-chave
Mujer; Violencia de género; Violencia doméstica y familiar; Relaciones laborales; Contrato de trabajo.
Texto completo:
PDFDOI: http://dx.doi.org/10.26668/2448-3931_conpedilawreview/2015.v1i5.3446
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